Impuesto sobre las plusvalías inmobiliarias para no residentes en España, la famosa retención del 3%
¿Quiere vender su propiedad y su residencia fiscal está fuera de España? En este caso, se aplica la famosa retención del 3%.
¿Quiere vender su propiedad y su residencia fiscal está fuera de España? En este caso, se aplica la famosa retención del 3%.
¿Qué es la retención?
Cuando un no residente en España vende un inmueble, la administración española debe asegurarse de que el impuesto sobre la plusvalía se recupere al 21%. La retención del 3%, por tanto, corresponde a una especie de anticipo pagado al Estado español en el momento de la venta de un inmueble en España para no residentes sobre la ganancia económica conseguida.
¿A cuánto asciende esta retención?
La retención es del 3%.
Una vez en el notario al momento de firmar la escritura final de compraventa de la propiedad en cuestión, se retendrá una retención del 3% sobre el monto total de la transacción y luego se liquidará por su agencia inmobiliaria o por su contador. (llamado aquí el "gestor").
El plazo para presentar el pago de la retención es de un mes desde la firma de la escritura.
¿Cuál es la cantidad exacta del impuesto sobre las ganancias de capital?
El monto exacto del impuesto sobre la plusvalía inmobiliaria es el 21% de la plusvalía real realizada.
Si la suma correspondiente al 3% es inferior a la realmente adeudada, habrá que abonar la diferencia. Si es mayor, es posible reclamar la diferencia en el momento de la declaración de impuestos.
Bueno saber :
- En caso de exención, el vendedor puede aportar un documento que acredite que no está sujeto a esta retención.
- Es recomendable que el comprador tenga cuidado con esta retención. En caso de incumplimiento por parte del vendedor, la administración española reclamará el importe adeudado al comprador. Es por eso que en Privilege Home nos comprometemos a liquidar este impuesto.
- No confundir con las plusvalías municipales, este es otro impuesto a tener en cuenta a la hora de comprar y vender inmuebles en España.
Como recordatorio, la plusvalía se calcula de la siguiente manera: valor de transferencia - valor de adquisición.
El valor de transferencia es el valor de la venta menos impuestos, tasas y costos de transferencia.
El valor de adquisición corresponde al valor de compra más impuestos, tarifas y costos de enajenación; reformas e inversiones; menos depreciación.